La Ley de Minas, el resto de la Normativa minera, las Administraciones con competencia en minas de las Comunidades Autónomas y muchos de los responsables de empresas relacionadas con las actividades extractivas obvian o en el mejor de los casos, desconocen el potencial que como técnico en materias mineras tiene el geólogo.
Es triste pensar que nuestra profesión surge y tiene uno de sus orígenes en la minería. Que autores clásicos en minería y geología minera han desarrollado extensos trabajos donde el geólogo de mina era uno de los más importantes agentes en el desarrollo diario de la explotación minera. Hoy en día en España la minería subterránea es meramente testimonial, pero aun así, la minería a cielo abierto tiene y tendrá un potencial muy importante.
El problema para nuestro colectivo queda patente cuando topamos de bruces con la Ley de Minas que no olvidemos, entró en vigor en 1973 y que centra la labor de explotación minera en los ingenieros de minas y les otorga la exclusividad en el desarrollo del proyecto de explotación (que lleva unido el proyecto de restauración, el estudio de impacto ambiental, el proyecto de contaminación atmosférica y cuantos estudios estén relacionados con cada explotación minera) y de la dirección facultativa (y casi siempre la dirección ambiental), que hoy en día y con el tipo de minería existente en España es su mayor fuente de ingresos con diferencia. Con este panorama nuestro colectivo queda relegado a un segundo plano. La exploración e investigación minera hoy en día prácticamente no existe y son las Administraciones y Universidades las que aglutinan, aprovechando su posición, gran parte de esos proyectos en detrimento de la empresa privada.
La publicación del Real Decreto de funciones del geólogo en su primera redacción, otorgaba a los geólogos la capacidad de desarrollar proyectos de explotación de minas y sus correspondientes direcciones facultativas pero, como no podía ser de otra manera, el Colegio de Minas llevó este asunto a los Tribunales de Justicia y ganaron ellos porque la Ley de Minas es de mayor jerarquía que un Real Decreto. A pesar de los esfuerzos del ICOG, la Ley de Minas sigue vigente íntegramente y sin visos de que cambie o se derogue y salga la nueva ley de recursos naturales o como se llame al final. Es necesario que el ICOG implemente las herramientas necesarias para que estemos ahí cuando el borrador definitivo pase a debatirse en las Instituciones. Es necesario que el Colegio siga defendiendo nuestros intereses en un mercado que da trabajo y dinero casi en exclusividad a los ingenieros de minas en detrimento de los geólogos que trabajan en este sector aunque sea en segunda (o tercera o cuarta) fila.
¿Es justo que los antiguos peritos de minas que son maestros industriales (la FP de ahora o similar) puedan firmarlo todo en minería y nosotros que somos titulados superiores solo podemos firmar la investigación y con problemas a veces? ¿Acaso no estamos capacitados para desarrollar proyectos de explotación y llevar direcciones facultativas en explotaciones a cielo abierto y con la adecuada formación, de tipo subterráneo? ¿Porqué los ingenieros de caminos están en pugna con los de minas por el asunto de la capacitación para realizar voladuras en túneles carreteros y nosotros, aun con la capacitación adecuada, no podemos ni plantearnos ese témino en canteras?
En fin, hay que seguir adelante y que en minería los geólogos algún día estemos al mismo nivel que otros titulados en las materias propias de la minería.