El Colegio

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¿QUÉ ES EL COLEGIO OFICIAL DE GEÓLOGOS DE ASTURIAS?

Es la Delegación para el Principado de Asturias del Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG).

El ICOG es una institución sin finalidad lucrativa creada para la defensa y apoyo de los intereses de los Geólogos, creada por Ley 73/1978 de 26 de Diciembre, es una corporación de Derecho Público, amparada por Ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y capacidad plena para el ejercicio de sus funciones y cumplimiento de sus fines.

Goza, a todos los efectos, del rango de preeminencia atribuidos a esta clase de entidades por la Ley de Colegios Profesionales, por lo que es la única corporación legitimada para elevar a los Poderes Públicos los problemas y aspiraciones de la profesión, asumiendo en tal sentido la representación del colectivo profesional.

Los Estatutos del ICOG fueron aprobados por el Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre de 2001.

El Colegio de Geólogos de Asturias tiene en la actualidad cerca de 300 miembros que se engloban en los más de 2.800 que tiene el ICOG en toda España.

El organo de dirección del Colegio de Geólogos de Asturias es el Consejo de Gobierno, lo que en esta página web encontrarás bajo el epígrafe de DIRECTIVA.

El Consejo de Gobierno se reúne al menos dos veces al año con los responsables de los otros Consejos de Gobierno Autonómicos (Aragón, Cataluña y País Vasco) y la Junta de Gobierno del ICOG. A estas reuniones se les denomina Comisión Mixta. Tienen por finalidad definir objetivos, hacer el seguimiento de los mismos y coordinar esfuerzos, entre otros. En la actualidad estas reuniones se realizan por videoconferencia.

Estar colegiado en el Colegio de Geólogos de Asturias significa estar colegiado en el Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG). Somos la misma entidad y podrás utilizar los servicios que prestamos en cualquiera de las sedes (Oviedo, Madrid, Barcelona, Bilbao y Zaragoza)

SON FUNCIONES DEL ICOG

  • Servir con normas propias a los intereses de la colectividad.
  • Representar y defender la profesión ante la Administración, Instituciones, Tribunales y particulares.
  • Promover la dignificación social y económica de los colegiados, procurando la formación integral y el perfeccionamiento continuado de los mismos, ordenando el ejercicio de la profesión, de acuerdo con la ética y deontología profesional.
  • Organizar actividades y servicios de interés colegial, sean de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y otros análogos.
  • Asesorar y defender a los colegiados, en el ejercicio de los derechos profesionales en sus relaciones con la Administración y las Empresas
  • Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional, denunciando y persiguiendo ante la Administración y Tribunales de Justicia los casos conocidos por la Junta de Gobierno.
  • Informar los proyectos de Ley y disposiciones legales que se refieran a funciones profesionales y ámbito de actuación del Geólogo.
  • Participar en la elaboración de los Planes de Estudios de las distintas Facultades en relación con la profesión.
  • Visar los trabajos profesionales de los colegiados, según lo que se establezca en el Reglamento.