BORRADOR ACTA COMISIÓN SECRETARIOS TÉCNICOS ICOG
Fecha: Madrid, 29 de octubre de 2007
Lugar: Nueva Sede ICOG
Hora: 11:00 horas
Asistentes: Miguel Torres (ICOG- Asturias), Carolina Arcega (ICOG- Aragón), Maite Alonso (ICOG- Cataluña), Patricia Czech (ICOG- Cataluña), Joaquín Souto (ICOG- Euskadi), Nieves Paniagua (ICOG- Sede Central)
ACTA SEGÚN ORDEN DEL DÍA
1º y 2º Repaso de la Hoja / Lista de Control del CTE, aclarando los problemas detectados en el día a día, en su aplicación a la revisión de informes. Revisión de las diferentes listas de chequeo de las delegaciones. Definir qué requisitos serán obligatorios para el visado de un informe, en relación a los puntos problemáticos detectados en el apartado anterior.
Se repasan los siguientes apartados de la lista de Control de CTE y se toman las siguientes decisiones:
A- Datos de la edificación y periferia.
- Dimensiones (lado y ancho de la parcela) y ubicación de la edificación en el solar. OBLIGATORIO
- Concreción del nº de plantas y sótanos. OBLIGATORIO
- Referencia a los bienes colindantes (edificios, viales, etc.) si existen sótanos: OBLIGATORIO
- Edificios colindantes y cotas de cimentación RECOMENDABLE
B- Definición del tipo de construcción "C"
- Se contabilizan los semisótanos como una planta
- Se contabilizan los bajocubierta como una planta
- La diferencia entre C-0 y C-1, es la superficie construida (> o < 300 m2), que es la suma de todas las plantas.
C- Definición del Grupo de terreno "T",
En función de la cimentación se definen los siguientes grupos de terreno:
- T-1: Cimentación por zapatas.
- T-2: Cimentación mediante losa y pozos.
- T-3: Cimentación mediante pilotes, micropilotes, pantallas…
D - La programación de las Prospecciones del terreno
- Deberá cumplir el CTE (mínimo 3 puntos)
- El % de SUSTITUCIÓN, no se aplica sobre el número mínimo de sondeos establecido en la tabla 3.4.
- El nº mínimo de sondeos establecido en el CTE es OBLIGATORIO.
- En las ocasiones en que existan dificultades de cumplimiento con el CTE, por reducidas dimensiones(*) de la parcela, rehabilitaciones de edificaciones, difícil acceso, escombros, etc. la JUSTIFICACIÓN estará presente en la memoria y debe estar basada en datos que serán aportados. En estos casos, el nº mínimo de sondeos establecido en el CTE es OBLIGATORIO e INSUSTITUIBLE. (*)reducidas dimensiones: 50m2 o 7 m x7 m, reducción de puntos (min. 2) pero no de nº mín de sondeos.
- En los casos de SUSTITUCIONES de los tipos de prospecciones debido al terreno de estudio, por ejemplo: Materiales con gravas (aluviones, niveles de conglomerados, etc.) en los que los Penetrómetros dan rechazos, los Sondeos pueden ser a rotopercusión, si se utiliza la Geofísica es necesario un patrón de referencia y en el caso de las Calicatas que aportan buena información, es OBLIGATORIA la justificación de la sustitución en la Memoria.
- En el caso de realizar sondeos a rotopercusión, como mínimo deberá realizarse uno con extracción de testigo continuo.
- Existen diversas alternativas para el reconocimiento del terreno en el caso de un conjunto de edificios:
- Programación para cada edificación individualmente. Si el edificio tiene menos de 300 m2 construidos, se podría diseñar una campaña para un C-0 por edificio.
- Programación global para el conjunto de edificios de acuerdo con la superficie total de la urbanización. (Por lo menos dos puntos de reconocimiento por edificio proyectado a construir)
- En todos los casos, siempre se debe obtener información por debajode la cota de cimentación, como mínimo a una profundidad del orden 2+ 0,3 m por planta.
- En el caso de Macizo Rocoso, se podrán sustituir reconocimientos por estaciones geomecánicas, taludes afloramientos, en los cuales quede perfectamente definido el macizo rocoso y como mínimo una profundidad de 2 m+ 0,3 m por planta bajo la cota de cimentación.
E- ANÁLISIS Y ENSAYOS
- Los ensayos y análisis se deben realizar para cada unidad geotécnica diferenciada. RECOMENDABLE
- El análisis de Agresividad se debe realizar aunque no se detecte la presencia de yesos, y en todos los niveles que tengan contacto con estructuras, ejemplo en el caso de sótanos, en todos aquellos niveles que estén en contacto con los muros de sótano. OBLIGATORIO
- El ensayo de Agresividad agua se debe realizar cuando esté en contacto con la estructura o a una distancia de ± 1 m. OBLIGATORIO
- En superficies superiores a 2000 m2 es OBLIGATORIO según CTE realizar ensayos de identificación, resistencia y deformación.
F- PARÁMETROS GEOTÉCNICOS
- En edificios sin sótano es RECOMENDABLE aportar los parámetros geotécnicos del terreno de apoyo, siendo OBLIGATORIOS para edificios con sótano.
G- HIDROGEOLOGÍA
En el caso de que se detecte la presencia de agua se ha de prestar atención a las siguientes cuestiones:
- Seguridad de que se trata realmente de un nivel freático y concretar y acotar su posición y de la posible zona freática. OBLIGATORIO
- Representación gráfica del nivel freático y de la zona freática (debidamente acotados) en los perfiles geotécnicos. OBLIGATORIO
- Hacer constar en la Memoria si existe el riesgo de inundación en el vaciado del solar, asentamientos y daños en las edificaciones periféricas. Concretar las medidas constructivas más oportunas. RECOMENDABLE
-
En el caso de que el nivel freático esté por encima o a cota de cimentación, es OBLIGATORIO indicar la permeabilidad del terreno.
- Si no se detecta el nivel freático habrá que indicarlo. OBLIGATORIO.
H- SÍSMICA (NSCE-02)
- En municipios con ab < 0,08 g, la NSCE no es de aplicación, será OBLIGATORIO indicarlo.
- En municipios con ab ≥ 0,08 g, la NSCE es de aplicación, por lo que habrá que dar los parámetros del terreno: C, T y K.
J- RIPABILIDAD
- Es OBLIGATORIO indicar la ripabilidad del terreno, incluso cuando se trate de suelos y también en el caso de que no se ejecuten sótanos.
- Habrá que indicar, en el caso de edificaciones con sótanos, los taludes provisionales, altura crítica y/o recomendación de ejecución del sótano. OBLIGATORIO
K- ANEJOS
- Mapa Geológico, preferible un esquema geológico-geotécnico del área periférica al solar edificable. RECOMENDABLE
- Plano de Prospecciones, siempre con escala gráfica o en su defecto numérica, en el que conste la situación de los perfiles geotécnicos. OBLIGATORIO
- Perfiles geotécnicos: mínimo de 2 OBLIGATORIO
- Nº de Perfiles, 2 o 3, o bien en función de los datos disponibles.
- Fijar la orientación de los perfiles
- Acotaciones de profundidades (escala vertical).
- Representación de los niveles geotécnicos con sus límites reales (no geométricos).
- Representación gráfica del nivel freático.
- Delimitación de la zona freática.
- Representación gráfica de la Cota de cimentación.
- Sería RECOMENDABLE para casos complejos, esquematizar el terreno en su conjunto en forma de Bloque diagrama (aproximado).
3º.- Casos especiales, en los que se pueden sustituir una prueba por otra que queden claros, así como los estudios referentes a construcciones de escasa entidad (muros, piscinas, etc.) si deben o no cumplir el CTE.
- Se aclara que muros, piscinas, EDAR, y obras civiles no son de aplicación del CTE, excepto los edificios de oficinas que presenten estas instalaciones.
- Las rehabilitaciones y naves industriales si son de aplicación del CTE.
4º.- Estudios Previos
En los informes previos deberá de detallarse los trabajos o información que queda pendiente por aportar.
|