Los elevados índices de siniestralidad de
las actividades que se encuentran bajo el ámbito del Reglamento
General de Normas Básicas de Seguridad Minera, indican que se trata
de actividades de alto riesgo y que la formación establecida en la
legislación laboral debe ser complementada por una formación
preventiva, para cada uno de los puestos de trabajo.
La INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA 02.1.02 del Reglamento General
de Normas Básicas de Seguridad Minera, relativa a la formación
preventiva para el desempeño del puesto de trabajo, publicada
mediante la ORDEN ITC/ 1316/2008, de 7 de mayo, regula la formación
profesional mínima en materia de seguridad y salud laboral, que
deben poseer los trabajadores que desempeñan su trabajo habitual en
centros de trabajo adscritos a actividades mineras. Esta ITC es de
obligado cumplimiento para todos aquellos trabajadores que
desarrollen su actividad laboral
en las Industrias Extractivas..
Presentaciones
- Introducción y conceptos generales. Prof. CARAC.
- Trabajos geológicos ligados a actividades extractivas en Minería Interior. Porf. CARAC
- Control de Atmosfera de Mina. Prof. CARAC
- Equipos, herramientas o medios auxiliaries (I). Prof. CARAC
- Equipos, herramientas o medios auxiliares (II). Prof. CARAC
- Control y vigilancia. Prof. CARAC
- Trabajos geológicos relacionados con Investigación de Yacimientos - 1ª Parte. Prof. Antonio Madrigal
- Trabajos geológicos relacionados con la investigación de Yacimientos - 2ª Parte. Prof. Rafael Varea
- Trabajos geológicos ligados a actividades extractivas en Minería exterior. Prof. Manuel Regueiro
- Recapitulación de las técnicas preventivas y de protección del trabajo del geólogo en minería. Normativa de seguridad minera. La competencia profesional del geólogo en minería. Prof. Luis E. Suárez